Artículo 177-1Límite de los costos y deducciones
Para efectos de la determinación de la renta líquida de los contribuyentes, no son aceptables los costos y deducciones imputables a los ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional ni a las rentas exentas.
Parágrafo modificado · Ley 964 de 2005, art. 82Par. La limitación prevista en el presente artículo no será aplicable a los ingresos de que tratan los artículos 16 y 56 de la Ley 546 de 1999, en los términos allí señalados y hasta el 31 de diciembre de 2010.
Al grano — estatuto.co
No se aceptan costos ni deducciones imputables a ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional, ni a rentas exentas, al determinar la renta líquida.

