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Inicio/Libro I/Capítulo V. Deducciones

Artículo 108-2Prueba de requisitos para la deducción por pagos a viudas y huérfanos de miembros de las Fuerzas Armadas

Para que proceda la deducción por concepto de salarios y prestaciones pagados a las personas señaladas en el artículo 108-1, se requiere certificación del Ministerio de Defensa de que la persona por la cual se solicita la deducción, cumpla los requisitos establecidos para ello. El Ministerio de Defensa, llevará un registro de todos aquellos beneficiados con este programa.

Al grano — estatuto.co

La deducción por salarios y prestaciones pagados a las personas del artículo 108-1 exige certificación del Ministerio de Defensa de que cumplen los requisitos. Ese ministerio lleva un registro de los beneficiados.